Ética
Principios éticos y responsabilidades que rigen la labor editorial, la autoría y la evaluación por pares en LOGO ET SPES.
El Consejo Editorial de la Revista LOGO ET SPES, se asegurará de que todas aquellas personas que participen durante el proceso de edición en cada uno de sus números ejerciendo roles de editores, autores y pares evaluadores, sigan cabalmente el cumplimiento de las presentes Normas.
- Del Editor (a) General y Editores
1.1 Es y será responsabilidad de los miembros del Consejo Editorial, definir y velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones normativas establecidas por la Revista, siendo tales: las Políticas de la Editorial, las Normas de Publicación y las presentes Normas de Ética. 1.2 Garantizarán la transparencia de gestión en todas las fases del proceso editorial. 1.3 Protegerán la interlocución ecuánime y la confidencialidad de los actores participantes en el proceso editorial y de los visitantes de la pág. Web de la Revista. 1.4 Aplicarán a los trabajos postulados herramientas antiplagio reconocidas y de libre acceso o licencias en el ámbito de medios de publicación arbitrados, para el escaneo de las propuestas que recibe. 1.5 Rechazarán y combatirán el plagio y otras malas prácticas.
- Se entenderá por <plagio>, una circunstancia agravante bajo la Ley sobre el Derecho de Autor que rige en Venezuela; siendo ejemplos de esa circunstancia: las copias ideas, datos o textos sin el debido reconocimiento de la autoría correspondiente.
- Se entenderá por <otras malas prácticas>, conductas fraudulentas por parte de la autoría de trabajos postulados, siendo los casos: fabricación o manipulación de datos e/o información; conflictos de interés no declarados; fragmentación de estudios en varias publicaciones; autoría ficticia (incluir autores que no participaron o excluir aquellos que sí lo hicieron), entre otras.
1.6 En el caso de comprobarse <plagio>, se hará del conocimiento por escrito sobre el hecho -motivado y argumentado- a la autoría (autor [a] o autores [coautores]) del artículo, ensayo o reseña. Dicha autoría, quedará vetada y no podrá participar nuevamente en los espacios de la Revista. 1.7 En el caso de comprobarse la incursión de la autoría en <otras malas prácticas>, su trabajo postulado será rechazado automáticamente. Este hecho motivado será informado por escrito a quien (es) corresponda. Dicha autoría quedará vetada de participar en la Revista por un lapso de dos (2) años. 1.8 Publicarán o rechazarán trabajos postulados (esto último, argumentando por escrito las razones del caso) con base en las disposiciones normativas establecidas. Así mismo, el Consejo Editorial de la Revista declara que, dichas decisiones se deslastran de toda discriminación en cuanto a raza, sexo, creencias culturales, creencias religiosas u orientación política de sus autores; sí y solo sí, las opiniones emitidas no soslayen los valores universales del derecho a la vida, a la propiedad y a la libertad. 1.9 Garantizarán la selección de <pares evaluadores> tomando en consideración sus méritos académicos y experiencia en el tema tratado en el trabajo postulado. 1.10 Garantizarán el cumplimiento de los lapsos establecidos producto de los procesos Revisión Interna Previa y Evaluación Externa por Pares. 1.11 El (La) Editor (a) General suplirá de forma inmediata, aquel (los) árbitro (s) que:
- Manifieste (n) conflictos de interés con la autoría de un trabajo postulado.
- Notifique (n) oportunamente que está (n), por causas ajenas a su voluntad, imposibilitado (s) a cumplir con la tarea de arbitraje asignada.
- Opine (n) irrespetuosamente o emplee (n) argumentos ad hominem que critiquen a título personal o en nombre de la Revista, a la autoría de un trabajo postulado.
- De la Autoría de Artículos, Ensayos o Reseñas
2.1 La autoría del trabajo postulado:
- Deberá declarar en el formulario de la Revista Solicitud de Publicación y Declaración de Ética que la obra es de su absoluta autoría.
- Garantizará que es una obra original e inédita.
- Cuando la autoría de un trabajo postulado éste conformada por varios miembros (coautores), uno (1) de ellos en representación de la totalidad, deberá garantizar al Consejo Editorial y a los Pares Evaluadores, la autorización para que estos últimos revisen, aprueben o desaprueben (razón motivada) dicha obra cuando ésta sea sometida a los procesos de Revisión Interna Previa y Evaluación Externa por Pares, respectivamente.
2.2 La autoría del trabajo postulado, mediante firma del Formulario <Solicitud de Publicación y Declaración de Ética> certificará el cumplimiento de lo establecido por la Revista en las Políticas de la Editorial, las Normas de Publicación y las presentes Normas.
- Cuando la autoría de un trabajo postulado éste conformada por varios miembros, uno (1) de sus autores se hará responsable de firmar el formulario indicado.
- Acorde a lo anterior y con base en el Artículo 10 de la Ley sobre Derecho de Autor, aplica <… Los coautores deben ejercer sus derechos de común acuerdo. Se presume, salvo prueba en contrario, que cada uno de ellos es mandatario de los otros en relación con los terceros.> (https://sapi.gob.ve/ (se abre en nueva pestaña) , 2020, p. 3)
- De los Pares Evaluadores
3.1 Hacia la Autoría de Trabajos Postulados
- Garantizarán que respetarán la independencia intelectual de la autoría.
- Garantizarán que contribuirán a mejorar la calidad del trabajo postulado partiendo de la objetividad, imparcialidad y la realizarán de forma oportuna.
- Garantizarán que el proceso de evaluación será y estará ajeno a todo tipo de discriminación, quedando a salvo lo dispuesto en el numeral 1.8 de estas Normas.
3.2 Hacia el Consejo Editorial de la Revista
- Coadyuvarán al proceso de toma de decisiones antes y durante el proceso de revisión y evaluación de trabajos postulados.
- Mantendrán con integridad la confidencialidad de datos e información del Consejo Editorial, de la autoría de trabajos postulados y del contenido de la obra en sí recibida.
- Garantizarán que, bajo ninguna circunstancia retendrán ni copiarán el trabajo postulado. Así mismo, se abstendrán de divulgar información sobre su contenido antes de que haya sido publicado oficialmente por el Consejo Editorial de la Revista.
- Alertarán al Consejo Editorial de la Revista sobre la presencia de plagio u otras malas prácticas en cualquiera de los trabajos postulados. De ser el caso, se aplicará lo establecido en las Políticas de la Editorial y en las presentes Normas.
- Corroborarán y certificarán que los trabajos postulados poseen rigor académico, contribución al área de conocimiento de la Filosofía o de la Teología, originalidad, coherencia temática, entre otros criterios. Estos resultados serán registrados en el Formulario <Arbitraje>.
3.3 De existir <Conflictos de interés> entre un par evaluador y la autoría del trabajo postulado remitido por el Consejo Editorial a su persona; éste, deberá acogerse a lo dispuesto en la Política de la Editorial de la Revista, numeral 12. Así también, el árbitro seleccionado que, por circunstancias ajenas a su voluntad, se vea imposibilitado a cumplir con la tarea de arbitraje asignada, deberá informarlo oportunamente por escrito al (la) Editor (a) General del Consejo Editorial de la Revista para que se proceda en consecuencia.
3.4 En ningún caso ni bajo circunstancia alguna, el Consejo Editorial de la Revista aceptará de los árbitros:
- Opiniones irrespetuosas o argumentos ad hominem que critiquen a título personal o en nombre de la Revista a la autoría de un trabajo postulado. Esto, podría dañar –irreparablemente- la confiabilidad y el prestigio de la Revista ante sus lectores y público potencialmente cautivo.
- Evaluaciones de trabajos postulados entregadas fuera del lapso indicado en el numeral 4 de las Normas de Publicación de la Revista.